Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por la Sala Regional Toluca que otorgaba el registro al partido político local Querétaro Seguro, luego de que no alcanzara el mínimo del 3% de la votación válida emitida. Con esta resolución, se revierte la decisión que previamente beneficiaba al partido queretano.
El fallo subraya que la pérdida del registro de un partido político no puede depender del resultado de una elección futura. El TEPJF estableció que las elecciones que sirven de referencia deben ser procesos ya celebrados, y no comicios que aún no se llevan a cabo. Esta interpretación refuerza el principio de que los requisitos para mantener el registro deben cumplirse en función de resultados concretos y no con base en expectativas electorales futuras.
La decisión de la Sala Superior pone fin a la controversia, dejando claro que los partidos políticos deben obtener el respaldo necesario en las urnas para conservar su registro, de acuerdo con las normas vigentes.