Corregidora, Querétaro. En sesión extraordinaria de cabildo, el Ayuntamiento de Corregidora, con la conducción y dirección del presidente municipal Roberto Sosa Pichardo, aprobó por mayoría de votos los Lineamientos para el uso y manejo de Artificios Pirotécnicos del Municipio de Corregidora. Estos lineamientos, en conjunto con los Reglamentos de Protección Civil Municipal y de Justicia Administrativa, tienen como objetivo mejorar el uso y manejo de la pirotecnia, mitigar el riesgo que representa para la ciudadanía y la fauna doméstica, y establecer horarios y cantidades permitidas para su uso.
Durante su intervención, Sosa Pichardo destacó el trabajo conjunto realizado entre las partes involucradas, quienes participaron en diversas reuniones para conocer y tomar en cuenta diferentes puntos de vista, experiencias y aportaciones. Gracias a este esfuerzo conjunto, fue posible establecer estos lineamientos que deberán ser cumplidos en beneficio del municipio y de sus habitantes. El presidente municipal enfatizó que, a partir de ahora, será necesario cumplir una serie de requisitos para poder utilizar pirotecnia y subrayó que más que enfocarse en sanciones, es importante que la población comprenda y colabore para generar un cambio en esta práctica por el bienestar de todos.
Los lineamientos fueron establecidos a partir de un análisis que consideró los efectos negativos del uso de pirotecnia, como la contaminación atmosférica en sus diversas formas (ruido, olores, iluminación, gases, entre otros), la afectación a la tranquilidad de las personas (especialmente aquellas con trastornos del sistema nervioso, trastornos autistas y adultos mayores), las lesiones en el sistema auditivo, los daños a los animales y al medioambiente, así como los riesgos de incendios y lesiones.
Dentro de los lineamientos se establece el uso de una gruesa de cohetes (12 docenas de cohetes) y la presencia de un operario lanzador responsable designado para esta tarea. Además, para realizar la quema de pirotecnia, se requerirá contar con una constancia que acredite la capacitación en primeros auxilios, combate de incendios y evacuación de inmuebles, así como la documentación que demuestre la compra legal del material. También será necesario firmar una carta responsiva que deberá ser entregada a la Dirección de Protección Civil. Además, se deberán cumplir con las medidas generales de seguridad establecidas en el Reglamento Municipal de Protección Civil del municipio.
En cuanto a recorridos, peregrinaciones, actos cívicos u otras actividades que involucren el uso de fuegos artificiales, se permitirá únicamente una cantidad determinada de estos (una gruesa) y se deberá contar con al menos dos extintores de polvo químico seco de 4.5 kilogramos.
Con relación al horario, el uso de artificios pirotécnicos estará permitido desde las 6:00 de la mañana hasta las 10:00 de la noche en eventos sociales, religiosos, cívicos, particulares, de establecimientos, conciertos, espectáculos públicos y/o privados. Estas actividades contarán con la supervisión de las áreas involucradas en la materia.
En caso de incumplir con lo establecido, se aplicarán sanciones de acuerdo con los reglamentos municipales de Protección Civil de Corregidora y de Justicia Administrativa municipal, así como otras disposiciones legales y administrativas aplicables.
La creación de estos lineamientos se fundamenta en las directrices establecidas por la Ley General de Protección Civil, las cuales buscan proteger y brindar asistencia ante emergencias, contingencias y desastres. Además, los tres niveles de gobierno tienen la obligación de abordar programas y estrategias que fortalezcan y organicen las instancias de Protección Civil.